Gestión de Residuos Urbanos y Limpieza Pública

Que en virtud de la Ordenanza General Reguladora de la Gestión de Residuos Urbanos y de la Limpieza Pública…

-BANDO-

DÑA. CONCEPCIÓN RAMÍREZ MARÍN, Alcaldesa del Ayuntamiento de ALBOLOTE en virtud de las atribuciones que me otorga el artículo 21.1 e) de la Ley 7/1985, de 21 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

HACE SABER

Que en virtud de la Ordenanza General Reguladora de la Gestión de Residuos Urbanos y de la Limpieza Pública, (BOP num.124 de 02.06.1999) y la Ordenanza Reguladora del Régimen Interno de Funcionamiento del Punto Limpio de Albolote (BOP no97 de 24.05.2017),

VENGO A DISPONER

PRIMERO.- Que el arto.55.1 de la Ordenanza General Reguladora de la Gestión de Residuos Urbanos y de la Limpieza Pública, establece: “los usuarios están obligados a depositar las basuras o residuos en los contenedores especí camente destinados a éstos, en bolsas de plásticos difícilmente desgarrables y herméticamente cerradas”. Se depositarán en el horario comprendido entre las 20.00 y 23.00 horas.

SEGUNDO.- Los muebles y enseres voluminosos podrán ser depositados junto a los contenedores todos los JUEVES por la tarde hasta las 21:00 HORAS.

Lo cual tengo a bien establecer, solicitando la colaboración de profesionales y ciudadanía en general, como norma para el respeto mutuo y normal convivencia de todos/as.

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.